EL
ACCESO AL LLAMADO “MATRIMONIO HOMOSEXUAL” NO ES UN DERECHO HUMANO.
Por Carlos Álvarez
Cozzi
En la República del Perú una ONG llamada “Parejas
Reales”, que se opone en ese país a la aprobación de la ley de uniones civiles,
por entender que es la consagración encubierta del mal llamado “matrimonio
homosexual”, lo fundamenta en que tal tipo de uniones “no constituye un derecho humano”.
Y para ello indica varios fundamentos sólidos:
1) Que en la reciente 44ª. Asamblea General de la Organización de
Estados Americanos (OEA), que tuvo lugar en Asunción del Paraguay, los
representantes de los países miembros “concluyeron que la pretensión de
exigirle al Estado la regularización de las uniones entre personas del mismo
sexo no se constituye como un derecho humano y que, más bien, esta pretensión
no puede ser impuesta a ningún país del continente americano”. 2) Que
el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en sentencias emitidas en 2001,
2010 y 2012, precisó que los Estados europeos no tenían obligación a reconocer
el “matrimonio” gay. 3) Además y como argumento coadyuvante “Parejas Reales”
recordó que la más reciente encuesta sobre el “matrimonio” gay, en realizada en
mayo de este año en Perú por la empresa Datum, reveló “que el 68 por ciento de
los peruanos están en contra”. Esa misma encuesta, recordó, reveló que “las
diversas regiones que tienen congresistas que las representan como miembros de la Comisión de Justicia y
Derechos Humanos rechazan el proyecto de ley presentado por el congresista
Carlos Bruce”.
Creemos que la ONG
peruana da justamente “en el clavo”, porque lo que surge de la naturaleza,
confirmado por la razón, es que para poder regular una relación jurídico-afectiva
con el nombre de matrimonio, debemos de estar en presencia como requisito “sine
qua non”, de personas de distinto sexo. Porque en primer lugar solo ella supone
la unión monógama exclusiva (monio) de un hombre con una sola mujer (matriz). Pero
además la historia de la humanidad, a lo largo de los siglos, confirma la
necesidad de que las relaciones, sea monógamas como en occidente o polígamas,
como en el mundo islámico, pero siempre constituidas por sexos opuestos, nunca
por personas del mismo sexo, se den entre personas de distinto sexo. No existe interés social en dar status
matrimonial a relaciones que no sólo no podrán concebir sino tampoco dar una
educación afectiva integral, de palabra y de ejemplo, a los niños que crezcan
en esos hogares. El art. 40 de la Constitución de la República de Uruguay,
similar al de otras, concibe a la familia como la unión de personas de distinto
sexo, con matrimonio o sin él, y manda protegerla por el interés social que
cumple, en especial para la educación de su prole.
Al principio dudamos que la OEA resolviera en contra de la presión del lobby
gay, por ello criticamos duramente las declaraciones primeras del secretario
general José Miguel Insulza. Fue la presión de las ONGs y de algunos Estados,
afortunadamente, lo que impidió al fin que la agenda de género lograra imponer
su pretensión en el organismo internacional regional.
Se trata de una buena noticia y deja a Latinoamérica como el
continente de la esperanza y de la resistencia a la agenda relativista del
feminismo radical de género que lo que busca en todo el mundo es una
reingeniería social antinatural, que lleva probadamente a la destrucción de la
persona, de la familia y de la sociedad.
La perspectiva de género es antinatural y falsa, porque no surge
de la observación de la realidad sino de la ideología de género.
No poca influencia y respaldo en esta sabia decisión ha tenido
la matriz católica de nuestro continente, como suele afirmar acertadamente
Guzmán Carriquiry (aunque este tema es inicialmente de moral natural) que
impera y lucha en Latinoamérica como continente de la esperanza, como afirmaba San
Juan Pablo II.
(·) Abogado, catedrático universitario de Derecho y dirigente
socialcristiano.
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